Observatorio de la UE

Polonia: Tribunal condenado a devolver un depósito

Un tribunal de apelación polaco ha cambiado el veredicto del tribunal de distrito fallando a favor del denunciante que tuvo que pedir un préstamo debido a que el juzgado de distrito se negó a devolverle su dinero.

by Polish Helsinki Foundation for Human Rights

El denunciante, el Sr. M., pidió a la Fundación Helsinki para los Derechos Humanos (HFHR por sus siglas en inglés) que estudiara el caso que presentó ante el Tribunal de Distrito de Poznan. A pesar de que M había ganado en el Tribunal de Apelación, el juzgado no le devolvió los fondos que había transferido, lo que le obligó a solicitar préstamos.

Obligado a pedir un préstamo porque el tribunal se niega a devolverle el dinero

Hace unos años, M pidió un préstamo a una de las empresas de Wielkopolska que prestaba asistencia a pequeñas y medianas empresas. Después de que el Tribunal emitió una orden de pago ilegal, M depositó dinero en la cuenta de depósito del Tribunal a fin de garantizar la deuda contraída con la empresa. También presentó una solicitud de autorización para depositar dinero en la cuenta del Tribunal. Sin embargo, este no accedió a su petición.

Tras el vencimiento de la orden de pago, M presentó otra solicitud de reembolso, que le habría permitido pagar a su acreedor. Incluso entonces, el tribunal se negó a devolverle el dinero. Entonces, el acreedor de M decidió iniciar un procedimiento de ejecución. Para poder pagar íntegramente la deuda contraída con la empresa, así como para cubrir los costes de los procedimientos de ejecución y los intereses atrasados, M tuvo que solicitar otro préstamo, esta vez de un banco. Finalmente, el hombre pagó toda la deuda 6 meses después de que la orden de pago se mantuviera activa.

El tribunal regional revoca la sentencia

En 2016, M y otras partes implicadas en el procedimiento presentaron una demanda de pago contra el tribunal. Los demandantes reclamaron una indemnización por no haber recuperado sus depósitos. En su demanda, M se refirió al artículo 417 1 del Código Civil, que prevé la responsabilidad del Tesoro Público por los daños causados por una acción u omisión ilícita en el ejercicio del poder público. Sin embargo, su solicitud fue rechazada. El Tribunal de Distrito de Gniezno no aceptó los argumentos presentados por los demandantes.

En 2018, se interpuso una apelación, en la que M pidió a la Fundación Helsinki para los Derechos Humanos que estudiara su caso. En junio de 2019, el Tribunal Regional de Poznan modificó la sentencia del Tribunal de Primera Instancia y reconoció la legitimidad del demandante. El Tribunal de Apelación indicó que si el Tribunal de Primera Instancia hubiera actuado de acuerdo con la ley, M habría podido satisfacer a su acreedor en el plazo de una semana, lo que significa que nunca habría tenido que enfrentarse a un procedimiento de ejecución en relación con los préstamos que había solicitado.

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