Tecnología y Derechos

​Mujeres embarazadas mantienen estatus de trabajadoras bajo legislación de la UE

 El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que las mujeres embarazadas conservan su estatus como trabajadoras dentro de la legislación de la UE durante e inmediatamente después del embarazo.

by Polish Helsinki Foundation for Human Rights

Jessy Saint Prix, una ciudadana francesa, entró en el Reino Unido en 2006 a buscar empleo, encontrando trabajo primero como ayudante y luego como profesora de jardín de infantes. Estaba embarazada cuando ella comenzó a trabajar en la guardería y dejó de trabajar dos meses antes de la fecha que esperaba dar a luz, ya que el trabajo había comenzado a afectar el su estrés corporal.

Buscó un trabajo nuevo, menos exigente físicamente sin éxito, y a partir de ahi hizo una solicitud de asistencia financiera. Su solicitud fue denegada porque ella se definió como una "persona extranjera" en lugar de un miembro sin empleo de la fuerza laboral. La Sra. Saint Prix pudo reanudar su trabajo tres meses después del parto, momento en el cual ella inició un proceso legal por la negación de su apoyo de desempleo, y ganó en el tribunal inferior pero perdió tras una apelación. Apeló a la Corte Suprema, que refirió preguntas al Tribunal Europeo de Justicia.

El Tribunal Supremo del Reino Unido pidió al TJUE aclarar si una mujer que deja de trabajar o está parada debido a las limitaciones del embarazo y postparto retiene el estatus de trabajadora bajo la legislación de la UE. El 19 de junio del 2014, el Tribunal de Justicia falló a favor de la Sra. Saint Prix, diciendo que una persona conserva su estatus como un trabajador si temporalmente no pueden trabajar debido a enfermedad o accidente, están involuntariamente desempleados (bajo ciertas condiciones) o buscan formación profesional relacionada con su empleo anterior (a menos que estén involuntariamente desempleados), y que las mujeres embarazadas deben ser incluidas dentro de esta categoría.

La Corte declaró que la directiva de la UE 2004/38/CE, no indica que la lista de circunstancias es exhaustiva y el embarazo no se menciona expresamente. El Tribunal admitió que el embarazo es una condición fisiológica del cuerpo que no esté relacionado con la enfermedad, pero dictaminó que la legislación comunitaria en materia de la definición de un "trabajador" debe ser interpretada en términos generales. La legislación de la UE ya garantiza protección especial para mujeres durante el embarazo, como durante la maternidad, y permitiéndoles mantener el estatus de trabajador es sólo una extensión de estas protecciones. Por otra parte, despojar a una mujer embarazada de la protección del estatus de trabajadora podría disuadir a la hora de ejercer su derecho a la libertad de movimiento si sabía que existía el riesgo de perder la protección de empleo en un Estado miembro.

El Tribunal de Justicia ha determinado ahora que el artículo 45 del Tratado de Lisboa (libertad de circulación de los trabajadores) se aplica a mujeres embarazadas, con la estipulación que regresen al trabajo en un tiempo razonable después del parto. Por lo tanto, la Sra. Saint Prix debería haber mantenido su estatus de trabajador en el Reino Unido, y los tribunales erraron en la sentencia contra su reclamo de asistencia durante el desempleo.

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