Tecnología y Derechos

​TEDH: Bulgaria debe reformar el régimen de prisión para quienes sirven una cadena perpetua

Las autoridades búlgaras deben reformar el régimen de prisión para aquellos que sirven una cadena perpetua sin libertad condicional. El marco legal actual regula el régimen penitenciario de manera que requiere la aplicación automática de un régimen de det

by Bulgarian Helsinki Committee

La sentencia del Tribunal Europeo de derechos humanos (TEDH), en el caso de Harakchiev y Tolumov v. Bulgaria (aplicaciones 15018/11 y 61199/12), encontró que las condiciones en las que los dos presos que sirven a cadena perpetua sin libertad condicional están siendo detenidos constituye una clara violación del artículo 3 (prohibición de tratos inhumanos y degradantes) y el artículo 13 (derecho a un recurso efectivo) de la Convención Europea de derechos humanos.

Ambos prisioneros fueron mantenidos bajo un régimen estricto de detención, incluyendo aislamiento en confinamientos mal ventilados y antihigiénicos con poca iluminación, calefacción, alimentos y atención médica. El TEDH no sólo encontró estas condiciones inhumanas y degradantes sino también establecieron que el régimen de los dos presos, incluyendo su aislamiento, es el resultado de la aplicación automática de disposiciones jurídicas nacionales que regulan los regímenes de prisión, más que como una respuesta a cualquier comportamiento individual de los solicitantes que exige medidas de seguridad aumentada.

El Tribunal tomó en consideración la decisión de la Gran Sala en el caso del 2013 de Vinter y otros c. el Reino Unido y revisó sustancialmente el enfoque utilizado en el caso Iorgov v. Bulgaria (Nº 2) de septiembre de 2010, cuando el tribunal falló que la condena a cadena perpetua del solicitante no violó el Artículo 3, y que el régimen al que fue sometido en la cárcel también se acercó a una violación de la Convención sobre derechos humanos.

Aunque esta última decisión en gran medida condena a Bulgaria, también observó algunos progresos. El Tribunal estableció que la amnistía dada por el Vice presidente de Bulgaria a un prisionero por vida en el 2012 es una indicación de que el gobierno planea seguir el fallo del Tribunal Constitucional de abril del 2012, que pide al Presidente y al Vicepresidente que ejerzan el derecho de ofrecer amnistía de manera transparente.

"En su sentencia en el caso presente, el TEDH dio demasiado peso a la decisión del Tribunal Constitucional de la República de Bulgaria desde el 2012 y el hecho de que hasta el momento sólo existía un caso de un preso en libertad condicional. La reforma del código penal podría ser bloqueada después de la decisión haya indicado que el actual nivel legislativo es satisfactorio y el mecanismo de amnistía – un producto de tiempos pasados y altamente irrelevante para el principio del Estado de la derecho – debe seguir en pie", dijo Krassimir Kanev, Presidente del Comité Helsinki búlgaro.

El TEDH afirmó que con el fin de aplicar las recomendaciones de la decisión en este caso, las autoridades búlgaras deben reformar el marco legal del régimen de prisión para personas condenadas a cadena perpetua sin libertad condicional, ya que el marco vigente permite la aplicación indiscriminada de un régimen estricto e inhumano para todos los presos con sentencias perpetuas.

Debido a la deficiente legislación, Bulgaria deberá pagar una indemnización a Harakchiev y Tolumov 4.000 euros y 3.000 euros, respectivamente, así como 5.600 euros para costos y gastos – un total de 12.600 euros (casi 24.700 leva), excluyendo los gastos de la defensa legal del gobierno búlgaro.

La decisión no es definitiva y puede ser apelada ante la Gran Sala del Tribunal.

Lee el comunicado de prensa del Comité Helsinki búlgaro aquí.

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