Observatorio de la UE

HFHR presenta un amicus curiae para proteger el Estado de derecho en los nombramientos judiciales

La violación de la legalidad en los procesos de nombramiento del poder judicial, especialmente cuando implican la complicidad del poder ejecutivo y legislativo, suponen una amenaza evidente para los derechos humanos y para el sistema legal polaco.

by Polish Helsinki Foundation for Human Rights

♦ La Fundación Helsinki para los Derechos Humanos ha presentado un amicus curiae al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Ástráðsson contra Islandia, sobre el impacto de las irregularidades en los nombramientos judiciales en el derecho de las personas a un juicio justo. Las actuaciones del caso están pendientes ante la Gran Sala del TEDH, tras una apelación del Gobierno de Islandia contra la sentencia de la Sala de marzo de 2019.

♦ La próxima decisión de la Gran Sala puede ser importante no solo para Islandia, sino también para otros Estados miembros del Consejo de Europa, incluida Polonia.

♦ Según HFHR, la crisis del poder judicial polaco muestra que las violación de la legalidad en los procesos de nombramiento del poder judicial, especialmente las que se dan en circunstancias que implican la complicidad del ejecutivo y el legislativo, suponen una amenaza clara a los derechos humanos y a todo el sistema legal del país.

Sentencias judiciales de jueces designados de forma irregular

Guðmundur Ástráðsson fue condenado por un fallo del Tribunal de Apelación de Islandia, emitido por un panel constituido por un juez nombrado de forma irregular. Esta irregularidad tenía origen en la designación ilegal por parte de un ministro, de candidatos judiciales que habían sido evaluados por un comité independiente de expertos como menos preparados. Además, el Parlamento islandés celebró una sola votación para elegirlos a todos, en lugar de votar sobre cada uno de ellos de forma individual. Dos de los candidatos no seleccionados demandaron a Islandia, reclamando una indemnización por los daños pecuniarios y no pecuniarios resultantes de la infracción de sus derechos. El caso fue resuelto finalmente por el Tribunal Supremo de Islandia, que falló a favor de los denunciantes y concluyó que el procedimiento de nombramiento había sido efectivamente ilegal.

Sin embargo, los jueces nombrados de forma ilegal siguieron juzgando casos y uno de ellos condenó al denunciante. Éste presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, alegando que el fallo había sido dictado por un tribunal mal constituido, pero su denuncia fue desestimada. El Tribunal Supremo dictaminó que las irregularidades en el proceso de nombramiento judicial no afectaban la legalidad de las decisiones adoptadas por los jueces nombrados de forma ilícita. Sostuvo que estas irregularidades legales no condujeron a la invalidez de los nombramientos judiciales, y que, al recibir el nombramiento del presidente, los jueces tenían capacidad de desempeñar activamente su función judicial. Por consiguiente, según el Tribunal Supremo de Islandia, no hay motivos para impugnar la condición de los jueces en cuestión.

El TEDH constata una violación, el Gobierno solicita la remisión

Ástráðsson denunció ante el TEDH, alegando que las autoridades nacionales habían infringido la garantía del derecho a un juicio justo, establecido por ley en el artículo 6(1) del CEDH. En la sentencia de la Sala, el TEDH se pronunció a favor del denunciante. El Tribunal de Estrasburgo sostuvo que el mero hecho de que los nombramientos irregulares se considerasen efectivos con arreglo a la legislación nacional no significa que no se hubiese infringido el artículo 6. Lo que debe evaluarse es, en opinión del Tribunal, si se ha producido una "violación flagrante" de la legislación nacional. Para realizar dicha evaluación, es necesario considerar el impacto de las normas nacionales infringidas y la naturaleza de las infracciones del gobierno. Asimismo es importante tener en cuenta si la violación de las normas nacionales creó el riesgo de que otras autoridades ejercieran una presión indebida sobre el proceso de nombramiento judicial, interfiriendo en el desarrollo adecuado del proceso. Al aplicar la prueba anterior al caso de Ástráðsson, la Sala concluyó que se había violado el artículo 6 (1) del CEDH. La sentencia suscitó una considerable polémica, como demuestran, entre otras cosas, dos opiniones discrepantes de los magistrados de la Sala. La decisión fue impugnada por el Gobierno de Islandia, que pidió queel caso se remitiera a la Gran Sala. Esta estudiará el caso el 5 de enero de 2020 en Estrasburgo.

HFHR: Las infracciones en el proceso de nombramiento judicial socavan el derecho a un juicio justo

La Fundación Helsinki para los Derechos Humanos presentó un amicus curiae en el caso en el que señala queel caso Ástráðsson es importante para otros países del Consejo de Europa, incluida Polonia. HFHR ha recordado las polémicas sobre la legalidad de las elecciones y los nombramientos de determinados jueces en Polonia, centrándose en los tres "dobles jueces" del Tribunal Constitucional y en varios cientos de jueces nombrados para formar parte del Tribunal Supremo y de los tribunales ordinarios a propuesta del Consejo Nacional del Poder Judicial, compuesto por miembros elegidos en virtud de la ley aprobada en diciembre de 2017. HFHR indica que, cuando se pronuncia sobre la condición jurídica de los jueces en sus salas recién creadas, el Tribunal Supremo polaco se ha referido con frecuencia a la sentencia Ástráðsson. La sentencia del TEDH también fue invocada por los "nuevos" jueces en sus intentos de legitimar sus poderes de adjudicación.

Asimismo, la Fundación Helsinki señala que las graves violaciones legales en el proceso de nombramientos judiciales, y especialmente las de las leyes diseñadas para garantizar que el procedimiento sea objetivo y sin interferencias políticas, pueden tener un impacto negativo sobre el derecho a un juicio justo. La formulación adecuada del modelo de nombramientos judiciales se reconoce como un factor a tener en cuenta en la evaluación de la independencia judicial. Por ello, la violación de las leyes pertinentes también puede afectar la percepción de la misma. Una de las partes en un procedimiento puede temer razonablemente que un juez nombrado como resultado de una interferencia ilícita por parte del ejecutivo o legislativo no sea imparcial e independiente. La seguridad jurídica también puede verse comprometida, debido a que las sentencias dictadas con la participación de jueces de dudosa capacidad jurídica pueden ser impugnadas mediante recursos ordinarios o extraordinarios. Además, en un Estado de derecho, la población debe tener la certeza de que los jueces que les juzguen sean nombrados legalmente. De lo contrario, la legitimidad funcional del poder judicial puede verse socavada, lo que puede llevar al caos jurídico. La crisis actual que afecta al poder judicial polaco es una prueba más de que este escenario pesimista es probable. Asimismo, HFHR señala que es peligroso aceptar que cualquier irregularidad en el proceso de nombramiento judicial es irrelevante mientras no conduzca a la invalidez de los actos de nombramiento. Esta interpretación puede alentar a las autoridades a manipular el proceso de nombramiento con fines políticos partidistas, y consecuentemente tener un impacto negativo en la legitimidad del poder judicial y e interferir con el Estado de derecho.

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