El tribunal ha dado la razón al Ministerio de Interior, que denegó la ciudadanía polaca a los niños.
Un matrimonio homosexual solicitó que un tribunal polaco le confirmara que sus cuatro hijos eran ciudadanos polacos. La solicitud la presentó uno de los progenitores, el Sr. X, ciudadano de Australia y Polonia,
La Helsinki Foundation of Human Rights (HFHR) pidió a Paweł Marcisz, abogado del gabinete Łaszczuk y Socio, que representara a sus clientes pro bono.
Una de los normas fundamentales para obtener la ciudadanía, según consta en la Ley de Ciudadanía polaca, es que uno de los progenitores tenga ciudadanía polaca. El Sr. X, es uno de sus progenitores, como consta en los certificados de nacimiento de los niños.
Derecho de los niños a la identidad
Los niños del Sr. X, nacieron a través de un proceso de madre subrogada, que es legal en el país donde se realizó y crecieron fuera de Polonia, donde estaba viviendo el Sr. X.
El tribunal señaló que el certificado de nacimiento que indica la paternidad del Sr. X no puede considerarse un documento que confirme su relación parental con el niño, necesaria para obtener la ciudadanía. Según el tribunal, no existe ninguna prueba que establezca la identidad de los padres de los niños.
"Cuestionar un certificado de nacimiento internacional para debilitar la relación padre-hijo establecida en otro país va en contra del bienestar de los niños. La negativa del tribunal de confirmar la ciudadanía polaca de estos niños es consecuencia de este tipo de razonamiento, pero además está desacreditando el derecho de un niño a la identidad", señaló Dorota Pudzianowska, abogada de la HFHR.
La sentencia no es definitiva