Democracia y Justicia

Refugiado etíope torturado gana el apoyo de Comité de la ONU

El 24 de enero, tres años después de que emprendiera acciones legales, el Comité contra la Tortura de la ONU toma una decisión respecto al caso de un refugiado etíope .

by Louis Labarriere

En 2016, las autoridades suizas decidieron enviar a Italia a un ciudadano etíope de 29 años que recibía tratamiento médico en Suiza desde 2012. El Comité de la ONU contra la Tortura (CAT) se ocupó del asunto en 2016 y ahora ha concluido que su devolución a Italia implicaría la violación por parte de Suiza de los artículos 3, 14 y 16 de la Convención contra la Tortura. De hecho, el Artículo 3 estipula: "Ningún Estado Parte procederá a la expulsión, devolución o extradición de una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura".

Encarcelado y torturado en Etiopía

En 2005 Adam Harun fue encarcelado en Etiopía por estar involucrado políticamente en el apoyo al pueblo oromo tras el asesinato de su hermana en la Universidad de Mekele en Etiopía. Según el informe del CAT, Harun fue torturado mientras estaba en la cárcel, Harun fue torturado sufriendo lesiones "que afectaban principalmente a sus genitales y abdomen". Le liberaron debido al deterioro de su salud, pero se le informó que volvería a ser encarcelado en cuanto la recuperara. En junio de 2008 huyó a Europa. Fue rescatado en Italia y llevado a un hospital de Roma donde permaneció tres meses. En 2009 le concedieron el estatuto de refugiado y un permiso de residencia italiano de cinco años. Fue enviado a Grossetto en Toscana para recibir atención médica, aunque informó que las instalaciones no eran lo suficientemente buenas para ofrecerle un tratamiento adecuado.

Las autoridades suizas alegan que debe ser devuelto a Italia

En vista de su salud, se va a Noruega en 2012, donde recibe más tratamiento. Sin embargo, Noruega pide a Italia que lo acoja de nuevo, ya que es donde allí se le había concedido el estatuto de refugiado. Una vez de vuelta en Italia, Harun denuncia que las autoridades italianas le confiscaron sus documentos y viaja de nuevo a Suiza en julio de 2012, donde recibe tratamiento durante dos años. En 2014, las autoridades suizas deciden devolverlo a Italia, a pesar de que su médico en Suiza indica que, en vista del seguimiento médico y del vínculo que el paciente había establecido con él, Harun no debía abandonar el país. El 8 de julio de 2016, Harun presentó una denuncia ante el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas con la esperanza de que se opusiera a su traslado a Italia.

El caso ante el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas

El demandante considera que la decisión de las autoridades suizas de devolverlo a Italia infringe el Artículo 14 de la Convención contra la Tortura, que establece lo siguiente: "Todo Estado Parte velará (...) para garantizar a la víctima de un acto de tortura la reparación y el derecho a una indemnización justa y adecuada, incluidos los medios para su rehabilitación lo más completa posible". Su traslado a Italia iría asimismo en contra del principio de "no devolución" del Artículo 3, que se centra en el hecho de que "Ningún Estado procederá a la expulsión, devolución o extradición de una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura".

El médico suizo considera que un regreso a Toscana significa que Huran estaría solo, sin hogar y con acceso limitado a atención médica. Además, como resultado de la actual crisis migratoria y de la nueva dinámica de la política italiana, el país ya no proporciona a los solicitantes de asilo la atención médica básica.

El tribunal suizo rechaza la petición de Huran, pero el CAT la ratifica

El Tribunal Administrativo Federal suizo dictaminó que, aunque la situación de Harun es preocupante, su traslado a Italia no significa que no vaya a ser atendido y que "la Convención no obliga a Suiza a remediar las disparidades entre su sistema sanitario (...) e Italia".

El Comité contra la Tortura ha subrayado la importancia del principio de no devolución del CEDH y la "prohibición de trasladar a una persona a un Estado en el que corra el riesgo de sufrir malos tratos". Por ello, el CAT concluye que la expulsión de Adam Harun a Italia constituiría "una violación del Artículo 3 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes". En vista de ello, Suiza no puede devolver por la fuerza a Huran a Italia.

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