Tecnología y Derechos

Una organización de DDHH neerlandesa presenta un amicus curiae para caso de "tuit" racista

El Proyecto de Litigios de Interés Público del Comité Neerlandés de Juristas para los Derechos Humanos (PILP-NJCM) ha ofrecido un amicus curiae u opinión al Tribunal Supremo sobre la libertad de expresión en el caso de Lennart Feijen.

by Nina Kesar
(Image: AcidPix/Flickr)

Lennart Feijen escribió un tuit durante una reunión del ayuntamiento en la cual llamaba racista a otro miembro. El tribunal de La Haya consideró ilícito que Feijan, como miembro del consejo del SP (Partido Socialista), llamara al ex ministro Nawijn "racista" en las redes sociales y le condenó por difamación.

"Esta violación es especialmente grave debido al hecho de que cualquiera que use las redes sociales podría haber accedido las observaciones insultantes del acusado", sostuvo el tribunal.

PILP-NJCM considera importante que se evalúen adecuadamente los derechos humanos. En la carta, PILP-NJCM, como "amigo del Tribunal Supremo", describe la valoración de la libertad de expresión, protegida por el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), en el contexto de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

De acuerdo con PILP-NJCM, es importante que el tribunal valore si la condena de Feijen está en consonancia con el artículo 10 del CEDH.

'Eres un racista'

El tuit de Feijen fue una reacción a un debate sobre si debería establecerse una escuela primaria islámica especial, ante lo que Nawijn declaró que no pensaba que este tipo de escuelas contribuyera a la integración de los estudiantes en la sociedad neerlandesa. Y, respondió a una pregunta de Feijen aclarando que solo se refería a las escuelas con una fundación islámica, no las escuelas con un fundamento generalmente religioso.

Por lo que Feijen llegó a la conclusión de que la conducta de Nawijn era discriminatoria. En las redes sociales, Feijen aclaró poco después que quería señalar el problema de la "discriminación de toda una comunidad religiosa por el racista de Nawijn".

Feijen fue absuelto por el tribunal inferior, pero posteriormente condenado por el tribunal superior por difamación (artículo 266 del Código Penal neerlandés) y recibió una pena condicional. El caso ha acaparado una atención y conmoción enorme en los medios de comunicación.

Libertad de expresión para los políticos

En su carta, PILP-NJCM, en el marco de la jurisprudencia del TEDH, se ha basado en el contexto político de las declaraciones: el hecho de que Nawijn y Feijen sean políticos y la calificación de si los comentarios eran "innecesariamente ofensivos".

PILP-NJCM cree que es fundamental que el Tribunal Supremo tenga especialmente en cuenta si la condena de Feijen está en concordancia con el artículo 10 del CEDH.

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