Observatorio de la UE

ONG instan a la UE a actuar en Polonia y proteger el Estado de derecho

Hemos llegado a una fase sin precedentes y alarmante en la que los jueces polacos están siendo acosados por múltiples investigaciones disciplinarias arbitrarias. La UE debe actuar ya.

by Polish Helsinki Foundation for Human Rights

Desde el pasado mes de abril, cuando la Comisión Europea inició un tercer procedimiento de infracción como consecuencia de los ataques recurrentes al Estado de derecho por parte de las autoridades polacas, la situación ha seguido deteriorándose gravemente. Hemos llegado a una fase sin precedentes y alarmante, en la que los jueces polacos están siendo acosados a través de múltiples investigaciones disciplinarias arbitrarias, procedimientos disciplinarios formales y sanciones por aplicar el derecho de la UE según la jurisprudencia del TJUE, por "atreverse" a remitir las cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia.

Las autoridades polacas están ahora desafiando abiertamente la autoridad de las sentencias emitidas recientemente por el TJUE y la todavía independiente Cámara de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Supremo. Estas sentencias se refieren tanto a la Sala Disciplinaria del Tribunal Supremo de Polonia, cuya legalidad está siendo impugnada en el procedimiento de infracción pendiente antes mencionado, como al nuevo Consejo Nacional del Poder Judicial, cuya falta de independencia había causado anteriormente su suspensión de la Red Europea de Consejos de la Magistratura (ENCJ).

Como representantes de organizaciones no gubernamentales y académicos especializados en el Estado de derecho y la protección de los derechos humanos, escribimos esta carta abierta para instarle a que tome medidas inmediatas para detener el caos jurídico que no cesa de crecer en Polonia.

Como usted misma ha señalado en repetidas ocasiones, "no puede haber concesiones en lo que respecta al respeto del Estado de derecho". Por ello, le pedimos que presente rápidamente una solicitud de medidas provisionales al TJUE en el asunto de infracción C-791/19 Comisión contra Polonia, actualmente pendiente ante el Tribunal de Justicia. Sin medidas provisionales, las autoridades polacas se sienten claramente libres y siguen persiguiendo abiertamente a los jueces que tratan de aplicar y hacer cumplir el derecho de la UE, mediante las dos instituciones que controla el gobierno de facto: la Sala Disciplinaria y el Consejo Nacional del Poder Judicial.

Ha llegado el momento de aceptar que nos enfrentamos a una situación en la que el derecho de la UE se ha debilitado. Pedimos medidas provisionales antes de que la situación empeore y se produzca un daño irreparable.

La anterior Comisión pidió medidas provisionales cuando el gobierno de Polonia intentó hacerse con el Tribunal Supremo reduciendo retroactivamente la edad de jubilación de sus jueces (C-619/18 R). El Tribunal de Justicia accedió a la petición de la Comisión y se ordenó a Polonia que mantuviera el statu quo hasta que el Tribunal se pronunicara sobre el asunto.

Dado que las autoridades polacas están ahora desafiando abiertamente la autoridad de la jurisprudencia del TJUE y tratando activamente de evitar que los jueces polacos apliquen el derecho de la UE, al tiempo que está pendiente una acción de infracción que cuestiona sus intentos de socavar fatalmente la independencia de los jueces polacos a través de un nuevo régimen disciplinario, es preciso poner en marcha una nueva acción. Es imprescindible evitar que la Comisión pierda su capacidad de hacer cumplir cualquier fallo que pueda llegar a recibir. Las medidas provisionales son, por lo tanto, fundamentales. Si las autoridades polacas logran intimidar y/o destituir a los jueces que están tratando de aplicar el derecho de la UE y defender el Estado de derecho en general, para cuando el TJUE dictamine que Polonia ha violado -por tercera vez consecutiva- el principio de independencia judicial, ya será demasiado tarde para que la acción de infracción pendiente de la Comisión tenga algún impacto.

Por ello, la Comisión, en el contexto de los procedimientos provisionales, debe solicitar al Tribunal que ordene a Polonia la adopción inmediata de las siguientes medidas provisionales:

- Abstenerse de toda actividad, incluidas las investigaciones disciplinarias preliminares o los procedimientos disciplinarios formales con respecto a los jueces, respecto al contenido de sus decisiones judiciales o solicitudes de decisiones preliminares.

- Garantizar que la Sala Disciplinaria suspenda todas sus actividades a la luz del fallo preliminar del TJUE (asuntos acumulados C-585/18, C-624/18 y C-625/18) y del fallo del Tribunal Supremo en el que se declara que no constituye un "tribunal" en el sentido de la legislación de la Unión Europea y de Polonia, y que otras autoridades, incluidos los funcionarios de asuntos disciplinarios y los fiscales, se abstengan de presentar denuncias ante esta sala.

- Asegurar que el Presidente de la Sala Disciplinaria (o cualquier persona que actúe en nombre del Presidente) ya no pueda establecer, de manera ad hoc y con una discreción casi ilimitada, tribunales disciplinarios de primera instancia para los casos presentados contra jueces de tribunales ordinarios, y que los tribunales disciplinarios ya establecidos de esta manera se abstengan de examinar los casos y de dictar sentencias.

- Garantizar que las personas nombradas en la Sala Disciplinaria no participen en los órganos del Tribunal Supremo -incluida la Asamblea General de Jueces del Tribunal Supremo- en los procedimientos destinados a cubrir el cargo de Primer Presidente del Tribunal Supremo, que quedará vacante en abril de 2020, o de los presidentes del Tribunal Supremo que dirijan determinadas salas.

- Asegurar que el Consejo Nacional del Poder Judicial se abstenga de nombrar a cualquier nuevo juez, incluso a la Sala Disciplinaria, y - más en general - se abstenga de cualquier acción o declaración que socave la independencia judicial de los jueces polacos.

Quisiéramos que esta carta abierta no fuera necesaria. Lamentablemente, es bien sabido que las autoridades polacas han hecho deliberadamente caso omiso de las múltiples recomendaciones de la Comisión desde que se activó el marco del Estado de derecho de la Comisión con respecto a Polonia en enero de 2016. En lugar de tomar el diálogo sobre el Estado de derecho como una advertencia y una invitación a volver a establecerlo, las autoridades polacas han intensificado la represión hacia los jueces y fiscales independientes.

Ya se ha cruzado el Rubicón, las autoridades polacas han organizado activa y deliberadamente el incumplimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia del 19 de noviembre de 2019 y la del Tribunal Supremo del 5 de diciembre, alegando que ni la sentencia del Tribunal de Justicia ni la del Supremo tienen importancia jurídica cuando se trata de la continuación del funcionamiento de la Sala Disciplinaria y del Consejo Nacional del Poder Judicial.

La estrategia del partido gobernante de Polonia es clara: crear hechos consumados y esconderse detrás de un barniz de legalidad cuando sea necesario, apoyándose en un Tribunal Constitucional a las órdenes del gobierno, en las llamadas Salas Disciplinarias o de Control Extraordinario y las de Asuntos Públicos, o en el el Consejo Nacional del Poder Judicial -suspendido por la ENCJ- para anular de hecho el efecto de la legislación de la UE en Polonia cuando le convenga al partido gobernante.

Los ataques a la independencia judicial que estamos presenciando en Polonia no tienen precedentes en la historia de la UE y el caos judicial seguirá extendiéndose pues las autoridades polacas están ignorando abierta y deliberadamente sus deberes y obligaciones respecto al derecho polaco y al de la UE. Si no se abordan rápidamente mediante la aplicación de medidas provisionales, no cabe ninguna duda de que esto marcará el comienzo del fin del orden jurídico común e interconectado de la UE.

"Una Europa que proteja debe defender también la justicia y los valores fundamentales de la UE. Las amenazas contra el Estado de Derecho ponen en entredicho la base jurídica, política y económica de nuestra Unión. El Estado de Derecho es fundamental para la visión de la presidenta Von der Leyen de una Unión de igualdad, tolerancia y justicia social", reza el sitio web de la Comisión Europea.

Ha llegado el momento de pasar de las palabras a los hechos, y aplicar urgentemente medidas provisionales para preservar lo que queda del Estado de derecho en Polonia antes de que sea demasiado tarde.

Atentamente,

Professor Laurent Pech, Middlesex University

Professor Kim Lane Scheppele, Princeton University

Professor Wojciech Sadurski, University of Sydney, University of Warsaw

Professor Alberto Alemanno, HEC Paris

Professor Leszek Balcerowicz, SGH Warsaw School of Economics

Professor Ryszard Balicki, University of Wrocław

Professor Petra Bárd, Central European University

Professor Gráinne de Búrca, New York University

Professor Paul Craig, University of Oxford

Dr Tom Gerald Daly, Melbourne School of Government

Professor Monika Florczak-Wątor, Jagiellonian University in Kraków

Professor Gábor Halmai, European University Institute

Professor R. Daniel Kelemen, Rutgers University

Professor Dimitry Kochenov, Groningen University

Professor Tomasz Tadeusz Koncewicz, University of Gdańsk

Professor Marcin Matczak, University of Warsaw

Professor John Morijn, Groningen University

Professor Sébastien Platon, Bordeaux University

Professor Tomasz Pietrzykowski, University of Silesia in Katowice

Professor Anna Rakowska-Trela, University of Łódź

Professor Roman Wieruszewski, Polish Academy of Sciences

Professor Jerzy Zajadło, University of Gdańsk

Amnistía Internacional

Association for the Defense of Human Rights in Romania – the Helsinki Committee (APADOR-CH)

Association of Judges “THEMIS” (Polonia)

Bulgarian Helsinki Committee

Campaign Against Homophobia (KPH) (Polonia)

Civil Development Forum (FOR) (Polonia)

Civil Liberties Union for Europe (Liberties)

Estonian Human Rights Centre

Foundation Prof. Bronisław Geremek Centre (Polonia)

Free Courts (Polonia)

Helsinki Foundation for Human Rights (Polonia)

Homo Faber (Polonia)

Human Rights Monitoring Institute (Lituania)

Human Rights Watch

Hungarian Helsinki Committee

Hungarian Civil Liberties Union

Italian Coalition for Civil Liberties and Rights (CILD)

Institute for Law and Society INPRIS (Polonia)

Institute of Public Affairs (Polonia)

International Federation for Human Rights (FIDH)

Irish Council for Civil Liberties

“Lex Super Omnia” Association of Prosecutors (Polonia)

Panoptykon Foundation (Polonia)

Polish Judges’ Association “Iustitia” (Polonia)

Polish National Association of Judges of Administrative Courts (Polonia)

Polish Society of Anti-Discrimination Law

Presidium of the Judges' Cooperation Forum (Polonia)

Professor Zbigniew Hołda Association (Polonia)

Rafto Foundation for Human Rights (Noruega)

Rights International Spain

Stefan Batory Foundation (Polonia)

Wiktor Osiatyński Archive (Polonia)

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