Tecnología y Derechos

¿Se ajusta el castigo al crimen? La dura ley polaca a revisión

El tribunal constitucional está revisando una nueva ley que permite a las autoridades detener peligrosos criminales incluso después de haber cumplido sus penas de prisión completas.

by Polish Helsinki Foundation for Human Rights

El Tribunal Constitucional polaco, revisó la constitucionalidad de la ley el 15 de noviembre. La Fundación Helsinki para los Derechos Humanos, ha estado supervisando trabajos sobre esta ley desde el principio y ha preparado un informe amicus curiae para el Tribunal Constitucional.

La ley que legislaba los procedimientos contra las personas mentalmente perturbadas, que suponía un riesgo para la vida, salud y libertad sexual de otros, entró en vigor en enero de 2014. La adopción de la ley fue fomentada, en primer lugar, por el entonces inminente final de varias sentencias de personas sentenciadas a muerte durante la Polonia comunista, cuyas sentencias se conmutaron posteriormente por 25 años en prisión.

¿Sorteando la ley?

De conformidad con la ley, los presos que ya han cumplido sus sentencias y han pasado por el programa de terapia asistencial, pueden asignarse al Centro Nacional para la Prevención de Conductas Disociales. Esta medida se aplicará en el caso de individuos que sufran desórdenes de la personalidad, que puede dar lugar a la comisión de graves crímenes contra la vida o la libertad sexual.

Según se inició el trabajo sobre la ley, la Fundación Helsinki para los Derechos Humanos se dio cuenta de que la ley propuesta, puede ser un intento de sortear la norma del doble enjuiciamiento y el principio de no retroactividad. Unas normas imprecisas que guían el internamiento de convictos en el centro en Gostynin, pueden ser una herramienta para la corrección administrativa de sentencias judiciales.

Los presos de larga duración en Polonía, antes esperanzados por su liberación, puede que no sean liberados en el corto plazo.

Buscando la revisión

La FHDH presentó dos opiniones legales sobre la versión de la ley propuesta por el Ministro de Justicia. Según la organización, el principal error del borrador está en el hecho de que una decisión de internamiento debe basarse, entre otras cosas, en "desórdenes de personalidad" o "desórdenes de preferencia sexual", que no están clasificados como enfermedades mentales.

Otra opinión llamó la atención sobre el ámbito de aplicación de la ley pues se ha extendido a otros grupos de convictos que en un principio estaban fuera del ámbito de esta ley. Una versión corregida de la propuesta de ley, introducía la categoría de "personas que suponen un riesgo", o agresores sentenciados por crímenes violentos a los que se diagnosticó durante tiempo de encarcelamiento con un desorden mental, lo que supone un alto riesgo de que cometan otro crimen contra la vida o la libertad sexual.

En un estadio posterior del proceso legislativo, la FHDH instó al presidente de Polonia a iniciar una revisión constitucional de la ley antes de su entrada en vigor. El presidente, sin embargo, eligió promulgarla.

En este punto, FHDH preguntó al comisionado de los derechos humanos y al fiscal general que consideraran solicitar una revisión constitucional de la ley por los procedimientos contra las personas con desórdenes mentales. El caso se llevó al Tribunal Constitucional, con el apoyo de un informe amicus curiae de FHDH y el tribunal llevó a cabo su revisión el 15 de noviembre, por lo que esperamos una pronta sentencia.

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