Observatorio de la UE

Caso de conductora ebria acaba en una condena a Italia por tortura

El Tribunal de Estrasburgo ha dictaminado que Italia no ha sido capaz de demostrar que el uso de la fuerza policial contra una mujer sospechosa de conducir bajo los efectos del alcohol era legítimo.

by Federica Brioschi

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha emitido una sentencia contra Italia por la violación del artículo 3 del Convenio de Derechos Humanos, que prohíbe el uso de la tortura.

Se trata del caso de Tiziana Pennino, una mujer de 43 años a quien la policía municipal de Benevento le sometió a malos tratos. El 2 de abril de 2013, Pennino fue detenida por la policía bajo sospecha de conducir bajo los efectos del alcohol. Los agentes trataron de hacerle una prueba de alcoholemia, pero no fue posible porque estaba demasiado alterada,

La llevaron a la comisaría, donde se le denegó el acceso a un teléfono para llamar a su familia e informarles de su paradero. Cuando intentó coger un teléfono, los agentes la esposaron, le rompieron uno de sus dedos y le causaron hematomas en varias partes de su cuerpo.

La investigación médica tras su paso por comisaría indicó que se encontraba en un estado psicológico extremadamente frágil: sufría trastorno por estrés postraumático, depresión y un trastorno que, en momentos de mucho estrés, hace que se den cambios de humor.

Carga probatoria

Cuando una persona que se encuentra bajo custodia policial sufre daños o lesiones, la carga probatoria recae sobre el gobierno, que debe "proporcionar una explicación satisfactoria y convincente sobre las circunstancias en las que se produjeron las lesiones y sobre si la fuerza empleada fue la estrictamente necesaria en realción a la propia conducta del demandante". El Tribunal consideró que las justificaciones presentadas por el gobierno no eran suficientes a este respecto.

La falta de justificaciones también está vinculada a que no hubo una investigación del caso para establecer exactamente qué sucedió en la comisaría. De hecho, la investigación penal contra los policías fue suspendida sin que se revelaran claramente los hechos ni las circunstancias, sin establecer, por consiguiente, si la fuerza utilizada por los agentes fue legítima.

Por otro lado, se inició un proceso penal contra Pennino y se le impuso una sentencia condicional de 28 días de cárcel por causar daños corporales a un agente. Los procedimientos en su contra por resistencia a la autoridad, insultar a un funcionario público y conducir bajo los efectos del alcohol fueron suspendidos y fue puesta en libertad condicional con la obligación de realizar un servicio social comunitario.

Sentencia

El TEDH dictaminó "que hubo una violación del artículo 3 tanto substantiva como procesal" debido al trato que recibió la demandante y a la falta de una investigación policial. Por ello, el Tribunal le ha ordenado que se reciba 12.000 euros de indemnización por daños y 8,000 euros para cubrir todos los costos y gastos del juicio.

Patrizio Gonnella, presidente de Associazione Antigone, miembro de Liberties, y de la Coalición Italiana por las Libertades Civiles, lamentó las reiteradas violaciones del CEDH en Italia: "El hecho de que Italia siga violando los derechos humanos es indecente y costoso. Esta sentencia revela que los malos tratos pueden ocurrir en cualquier cuerpo policial y que las autoridades judiciales no prestan suficiente atención a las denuncias de malos tratos por parte de cuerpos policiales ".

Otras denuncias de violación del artículo 3 por parte de las autoridades italianas (relacionadas con los casos Bolzaneto y Asti) todavía están pendientes en el TEDH.

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